Descenso indirecto: Tras el escándalo, ¿qué pasará con Real Oruro y Royal Pari?
El partido fue terminado a los 79 minutos tras un bochorno. El global quedó 4-3 a favor de Royal Pari, y el indirecto quedó en suspenso.
Concluyó el descenso indirecto y todo quedó en suspenso, pues no se conoce qué equipo pertenece a la primera división del fútbol boliviano. ¿Qué pasará con Real Oruro y Royal Pari?.
Era el minuto 79 cuando el árbitro del partido cobró un penal dudoso a favor de los orureños, por una supuesta mano del defensor Lázaro Crescencio. Eso molestó a los jugadores y cuerpo técnico del cuadro visitante, quienes salieron de la cancha.
Trataron de ingresar nuevamente, pero el árbitro Gabriel Mendoza dio por terminado el partido por falta de seguridad y garantías.
“El árbitro dijo que no tiene garantías para continuar el compromiso, no hay garantías y el equipo abandonó en su totalidad la cancha, hubo problemas con la Policía y el árbitro hará su informe, yo también haré llegar el mío. El partido se dio por terminado por abandono”, dijo el delegado Javier Galindo sobre el tema.
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En tanto, agregó que se debe aplicar el artículo 74 del reglamento de la FBF. Pero, surgen varias interpretaciones sobre los puntos que tiene, por lo que la definición queda abierta y en total suspenso.
Mientras, Royal Pari retornó en un vuelo chárter a Santa Cruz y los jugadores de Real Oruro festejaron un posible ascenso. Los hinchas del cuadro local dejaron el estadio con un sinsabor por lo ocurrido.
Artículo 74. Abandono del partido y juego a desgano
1. En caso de que un equipo se niegue a presentarse o a continuar y/o concluir un partido oficial, se le sancionará con la pérdida de los puntos en juego por renuncia o retirada a favor del oponente y con una multa de entre 20 y 100 salarios mínimos nacionales vigentes.
La excepción a esta regla será por causas de fuerza mayor debidamente justificadas tales como: bloqueos de caminos, huelgas nacionales o departamentales, paros cívicos, conmoción civil o militar, paros de transporte, restricciones relacionadas con la salud pública debidamente establecidas por las autoridades competentes.
2. En casos especialmente graves, conjuntamente a la multa establecida en el párrafo anterior, el Tribunal de Disciplina Deportiva excluirá al equipo en cuestión de la competición en curso. Se entiende que el caso es grave cuando la retirada o negativa a continuar ha sido acompañada con una riña o pelea campal iniciada por jugadores del equipo en cuestión.
3. En caso de que los integrantes de un equipo que permaneciendo en el campo de juego faciliten con su actitud la libre acción del equipo adversario, el árbitro suspenderá el partido y el equipo infractor perderá los puntos en disputa que beneficiará al contendiente, además se le descontarán 9 puntos de los obtenidos o por obtener en la Tabla de posiciones del respectivo campeonato oficial.
Quien promueva, incite u ordene al o los jugadores a realizar la conducta antes detallada será sancionado con suspensión de 1 a 2 años.